sábado, septiembre 30, 2023
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EDUCACIÓN PLURINACIONAL, INTEGRAL, DEMOCRÁTICA, PLURALISTA Y POPULAR

Iniciativa de Norma Constitucional para garantizar una educación pública, plurinacional, estatal, comunitaria, democrática, pluralista, universal, no sexista, participativa, descolonizadora, inclusiva e integral.

Artículo x1: Derecho a la Educación.

La Educación es un derecho social y un deber ineludible e inexcusable del Estado.

La Educación constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera del estado, que tiene la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla.

El Estado asegurará una educación pluralista, inclusiva y diversa, según las necesidades e identidades culturales, productivas, geográficas, territoriales y cosmovisiones de nuestro territorio.

Toda persona que habita en Chile tiene derecho a recibir educación en todos los niveles de manera universal, laica, gratuita, pluralista, inclusiva, integral, intercultural, no sexista y libre de toda violencia o discriminación.

Observación: Por décadas en Chile, las definiciones respecto a modelos educativos, curriculum y estructura educacional ha estado en manos de entidades privadas y grupos minoritarios de la sociedad, sean estas instituciones confesionales, corporaciones empresariales o fundaciones ligadas a familias conservadoras chilenas o extranjeras. Históricamente la Educación chilena ha estado al servicio de las necesidades económicas de las oligarquías nacionales y extranjeras con el claro objetivo de preparar mano de obra barata para el extractivismo y saqueo de los bienes naturales así como para la precarización laboral y tercerización de servicios. Luego de 40 años de Educación neoliberal, con apenas un 32% de educación pública, podemos constatar el fracaso del modelo educativo de la constitución del 80, siendo la Escuela de hoy un reflejo de la segregación, exclusión y desigualdad social.

Por tanto, como la educación debe ser un Derecho social fundamental, el Estado, como órgano de representación colectiva de la sociedad, debe ser el instrumento que garantice su pluralidad, integralidad y soberanía respecto de las necesidades de las grandes mayorías del país.

No consideramos la Libertad de enseñanza en esta propuesta, pues en Chile esta “Libertad” se relacionada con poder adquisitivo de los padres y las posibilidades de elegir según la comuna en la que naces y vives y según lo que puedes pagar, lo que se restringe a una minoría de ciudadanos. Durante las últimas cuatro décadas, tampoco la “libertad de enseñanza” han dado muestra de pluralidad educativa, por tanto, solo responde a la falsa y espúria necesidad de seleccionar y segregar la educación en escuelas para ricos y escuelas para pobres.

 

Artículo x2: Del objetivo de la Educación.

La educación tendrá como objetivo la democratización, la descolonización y despatriarcalización de la sociedad, la formación integral de las personas y el fortalecimiento de la conciencia crítica.

La Educación será pública, plurinacional, estatal, comunitaria, democrática, pluralista, universal, no sexista, participativa, descolonizadora, inclusiva e integral. Se centrará en el respeto y valoración de los derechos de la Madre Tierra (Ñuke Mapu – Pachamama), preservación y conservación de la biodiversidad, junto con el desarrollo holístico del ser humano, en los marcos de una educación para la democratización, el diálogo intercultural, la equidad de género, la no diferencia de roles, la no violencia y la vigencia plena de los derechos humanos, el resguardo a la libertad de cátedra, el reconocimiento de la riqueza pluricultural y multiétnica de nuestros territorios, las formas de vida colectivas y comunitarias de producción e intercambio con la naturaleza y los demás seres humanos; además de la promoción de los principios de respeto a los adultos mayores y la recuperación de sus saberes, junto a la defensa y difusión de las lenguas de las naciones y pueblos indígenas, de su música, danzas, deportes y demás componentes culturales.

Observación:   El modelo educacional chileno es altamente eurocéntrico, esto en sus contenidos curriculares, objetivos  transversales y escala de valores fuertemente marcados por ideas unipolares e influenciadas por la moral religiosa.  Estas ideas, más cercanas al medioevo europeo que a nuestra realidad indo-afro-latinoamericana  se ven reflejadas en la total exclusión de la diversidad en el  aula, la ausencia de una educación intercultural integral, el desconocimiento de las distintas cosmovisiones que habitan en los territorios, la instalación de prácticas sexistas, abusivas  y antidemocráticas en el aula y en la cultura organizacional de las comunidades educativas. La ausencia de una política educacional de protección al medioambiente y la biodiversidad no permite enfrentar la crisis climática y destrucción del planeta con proyecciones de sobrevida, por tanto, es necesario asumir como eje rector la biodiversidad para construir una política educacional ligada a la ciencia, la tecnología y el desarrollo sustentables.

Por esto, en el contexto de una Nueva carta Magna, es urgente cambiar la mirada antropocéntrica y eurocéntrica, para voltear la mirada hacia nuestros territorios, poniendo el énfasis en una educación biocéntrica y contextualizada sobre la realidad de cada comunidad , extirpando toda práctica de violencia patriarcal y prácticas antidemocráticas heredadas de los más de 500 años de colonización.

Artículo x3: El Sistema Plurinacional de Educación Pública.

Está integrado por una institucionalidad única de educación inicial, la educación regular escolar obligatoria de primero básico a cuarto medio, la educación no formal, las instituciones de educación privada debidamente acreditadas y la educación superior pública y gratuita.

El sistema educativo tendrá un financiamiento basal y estratégico, para el cumplimiento de los proyectos educativos nacionales y territoriales. Este sistema Plurinacional se fundamenta en una educación socio-comunitaria-afectiva, humanista, científica, artística, técnica y tecnológica, productiva, territorial, teórica y práctica, liberadora, crítica, solidaria y transformadora, poniendo en el centro el valor del trabajo y la democratización para la justicia social.

Observación: El sistema Plurinacional de Educación Pública reconoce a todos los establecimientos educacionales administrados por el Estado como centros educativos integrales e inclusivos y asegura un financiamiento estratégico para el logro de los proyectos educativos, asegura una educación pluralista e intercultural y un financiamiento adecuando y necesario para la sobrevida de la escuela pública y concreción de los proyectos educativos de cada comunidad, situación que hoy está lejos de ocurrir con el sistema vía voucher, que consagra una competencia desleal e innecesaria entre establecimientos educacionales y desfinancia las aspiraciones y esperanzas de las comunidades educativas. La subvención por matrícula tampoco resuelve el problema, ya que mantiene la lógica de competencia entre unidades educativas, exponiendo los proyectos educativos a las lógicas criminales de la “ley de la oferta y la demanda”. Por esto es urgente avanzar en un financiamiento estratégico, que respete las realidades culturales, geográficas, climáticas y las cosmovisiones y necesidades de las comunidades educativas y las familias.

Artículo x4: El derecho y el deber de Participar de la Educación Pública.

Las madres, padres, cuidadores y tutores, junto a todos los tipos y formas de familias trabajadoras, tendrán el derecho y el deber de participar del sistema educativo, mediante organismos representativos e instrumentos de participación directa y democráticas para diseñar y co-construir, junto a las comunidades educativas y su entorno territorial y cultural los proyectos educativos comunitarios de los territorios y a nivel nacional, mediante un congreso de educación permanente y vinculante, que tenga como función, construir y asegurar la implementación y actualización del proyecto educativo nacional. Los establecimientos educacionales contarán con consejos escolares resolutivos, democráticos y representativos de las organizaciones y formas de asociatividad de cada estamento de la comunidad escolar.

Observación: Una tarea para democratizar el funcionamiento de las Escuelas es incorporar la participación de las familias en las escuelas, para esto urge crear mecanismos que aseguren una participación real y democrática, para lo cual es necesario que  los consejos escolares pasen de ser organismos consultivos a una estructura con poder resolutivo, lo cual permitirá incluir a todas y todos los actores de la educación en el proceso de toma de decisiones, tan ausente en la educación heredada de la dictadura. Esta resolutividad pretende además poner en cuestión el derecho de los padres y madres a “elegir” (como quién compra zapatos en el centro comercial), para transitar al Derecho que deben tener las familias a participar de los procesos educativos de sus hijos e hijas.

 

Artículo x5: De las y los Trabajadores de la Educación.

Las y los trabajadores de la educación pública tendrán un contrato único, estatal e indefinido en todos sus niveles, con una carrera funcionaria que proteja la igualdad salarial y reconozca la experiencia, especialización y capacitación permanente, la cual será responsabilidad del Estado promover y financiar.

Observación: El 90% de los docentes del país rechazaron la aprobación de la carrera docente punitiva y estandarizada. Las y los Asistentes de la Educación NO esperaban un encasillamiento, soñaban con una carrera funcionaria. Por esto, la nueva constitución debe asegurar una carrera funcionaria, que reconozca y premie la capacitación y formación permanente y la continuidad en el servicio público de docentes y asistentes de la educación. El reconocimiento a los miles de trabajadores y trabajadoras de la educación del país debe ser mediante la estabilidad laboral mediante contratos indefinidos y terminar con la figura del sostenedor público o privado, siendo el estado directamente, quién asegure un contrato único a todas y todos los funcionarios que reciben su salario producto de la subvención estatal.

Artículo x6: Educación Comunitaria y No Formal.

El Estado, a través del Sistema Plurinacional de Educación Pública, promoverá la creación y organización de programas educativos populares y comunitarios no formales, los cuales podrán recibir aportes del Estado y serán ejecutados por educadores populares, Kimelfes, Amautas tradicionales y organizaciones e instituciones comunitarias como juntas vecinales, clubes deportivos, centros culturales, conservatorios, universidades, asociaciones culturales y deportivas, sindicatos, centros de pensamiento, entre otras organizaciones jurídicas sin fines de lucro.

Observaciones: Para que la Educación sea verdaderamente comunitaria, se le debe dar protagonismo a las comunidades y a las organizaciones vivas de los territorios, quienes podrán presentar propuestas y proyectos educativos a nivel barrial, local, comunal o regional, para reemplazar la fallida Jornada Escolar Completa, asegurando una carga horaria acorde con las necesidades de las y los estudiantes y sus familias.   Con esto se fortalece el actuar de las organizaciones barriales y comunitarias, asumiendo un rol docente y formador en el territorio, interactuando directamente con los centros educativos y las familias, proponiendo alternativas que cumplan las expectativas de niñas, niños y adolescentes de manera integral y generando los financiamientos para esto.  Lo que traerá como consecuencia la posibilidad de acceder al 50/50 horas lectivas y no lectivas para docentes y profesionales que intervienen directamente en el proceso de aprendizaje de las y los estudiantes, permitiendo el uso correcto del tiempo para la preparación de los procesos educativos y el desarrollo de los planes comunitarios, sin caer en la sobreexplotación de estudiantes y trabajadores de la educación.

Iniciativa Presentada por el SNTE Chile y suscrita por ocho Convencionales Constituyentes.

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